Servicios de Supervisión, Diseño y Ensayos de Laboratorio para Control de Calidad de Obras Verticales en Nicaragua, Honduras, El Salvador, Guatemala y Costa Rica a través de Acuerdos a Largo Plazo (LTA)
UNOPS
Servicios de Supervisión, Diseño y Ensayos de Laboratorio para Control de Calidad de Obras Verticales en Nicaragua, Honduras, El Salvador, Guatemala y Costa Rica a través de Acuerdos a Largo Plazo (LTA)
Request for proposal
Reference:
RFP/2026/62931
Beneficiary countries or territories:
Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua
Registration level:
Basic
Published on:
22-May-2026
Deadline on:
04-Jul-2026 23:00 0.00
Description
Descripción de la licitación: Servicios de Supervisión, Diseño y Ensayos de Laboratorio para Control de Calidad de Obras Verticales en Nicaragua, Honduras, El Salvador, Guatemala y Costa Rica a través de Acuerdos a Largo Plazo (LTA)
Los servicios objeto del presente proceso serán contratados bajo la modalidad de Acuerdo a Largo Plazo (LTA, por sus siglas en inglés). No obstante, para la ejecución de los servicios específicos que se requieran durante la vigencia del LTA, estos serán solicitados a través de una Call Off Order (Orden de Servicios) y le aplicará el Contrato de Servicios de Consultoría relacionados con Obras de UNOPS y sus correspondientes Condiciones Generales de Contrato.
Los servicios requeridos se encuentran organizados en los siguientes lotes:
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NOTA IMPORTANTE: Los proveedores interesados deben responder a esta licitación usando el sistema eSourcing de UNOPS, a través del portal de UNGM. Para poder acceder a la totalidad de los detalles de las licitaciones de UNOPS, solicitar clarificaciones sobre la licitación, y presentar una respuesta a través del sistema, los proveedores deben estar inscritos en UNGM como proveedores de UNOPS y estar conectados en UNGM. Como documentos de orientación sobre cómo inscribirse en UNGM y cómo responder a los anuncios de UNOPS en el sistema eSourcing, consulte la guía de usuario y los demás recursos disponibles en: https://esourcing.unops.org/#/Help/Guides
¿Está interesado en mejorar su conocimiento sobre lo que UNOPS adquiere, cómo lo hace y cómo convertirse en proveedor para nuestra organización? Obtenga más información sobre nuestro curso en línea gratuito sobre "¿Cómo convertirse en proveedor de UNOPS?" aquí.
Los servicios objeto del presente proceso serán contratados bajo la modalidad de Acuerdo a Largo Plazo (LTA, por sus siglas en inglés). No obstante, para la ejecución de los servicios específicos que se requieran durante la vigencia del LTA, estos serán solicitados a través de una Call Off Order (Orden de Servicios) y le aplicará el Contrato de Servicios de Consultoría relacionados con Obras de UNOPS y sus correspondientes Condiciones Generales de Contrato.
Los servicios requeridos se encuentran organizados en los siguientes lotes:
- Lote 1: Supervisión de Obras
- Lote 2: Diseño y Formulación de Proyectos
- Lote 3: Estudios Técnicos, Ensayos de Laboratorio y Control de Calidad
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NOTA IMPORTANTE: Los proveedores interesados deben responder a esta licitación usando el sistema eSourcing de UNOPS, a través del portal de UNGM. Para poder acceder a la totalidad de los detalles de las licitaciones de UNOPS, solicitar clarificaciones sobre la licitación, y presentar una respuesta a través del sistema, los proveedores deben estar inscritos en UNGM como proveedores de UNOPS y estar conectados en UNGM. Como documentos de orientación sobre cómo inscribirse en UNGM y cómo responder a los anuncios de UNOPS en el sistema eSourcing, consulte la guía de usuario y los demás recursos disponibles en: https://esourcing.unops.org/#/Help/Guides
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This tender has been posted through the UNOPS eSourcing system. / Cet avis a été publié au moyen du système eSourcing de l'UNOPS. / Esta licitación ha sido publicada usando el sistema eSourcing de UNOPS. Vendor Guide / Guide pour Fournisseurs / Guíra para Proveedores: https://esourcing.unops.org/#/Help/Guides
First name:
N/A
Surname:
N/A
This procurement opportunity integrates considerations for at least one sustainability indicator. However, it does not meet the requirements to be considered sustainable.
Gender issues
Social
The tender contains sustainability considerations addressing gender equality and women's empowerment.
Examples:
Gender mainstreaming, targeted employment of women, promotion of women-owned businesses.
Human rights and labour issues
Social
The tender contains sustainability considerations related to human rights, fundamental principles and rights at work, occupational health and safety, fairly traded goods, targeted employment of people with disabilities, etc.
| Link | Description | |
|---|---|---|
| https://esourcing.unops.org/#/Help/Guides | UNOPS eSourcing – Vendor guide and other system resources / Guide pour fournisseurs et autres ressources sur le système / Guía para proveedores y otros recursos sobre el sistema |
72121403
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Hospital construction service
New clarification added: CONSULTA: REF. Sección II, Punto 1 (Criterios Formales y de Elegibilidad) y Sección VII, Punto 9 (Subcontratación) – RFP/2026/62931.«En relación con el requisito que establece que, en el caso de consorcios o empresas conjuntas, el "Socio Principal" debe ser una empresa constituida en Centroamérica con una participación mínima del 60%, se solicita la siguiente aclaración: ¿Es permitida la participación de una empresa extranjera como proponente único, bajo la condición de integrar a una firma consultora regional como Subconsultor Principal? El objetivo de esta estructura, es que nosotros como proponente único (extranjero) asumamos la totalidad de las obligaciones contractuales, mientras que el Subconsultor (regional) asegure el cumplimiento de la experiencia específica en Centroamérica requerida en los criterios de evaluación técnica y facilite la coordinación operativa local según lo previsto en la Sección VII, numeral 22. En este escenario, ¿podría la experiencia acreditada del Subconsultor ser sumada o considerada para el cumplimiento de los puntajes técnicos del proponente?». CONSULTA: REF. Sección II, Punto 1 (Criterios Formales y de Elegibilidad) y Sección VII, Punto 9 (Subcontratación) – RFP/2026/62931.«En relación con el requisito que establece que, en el caso de consorcios o empresas conjuntas, el "Socio Principal" debe ser una empresa constituida en Centroamérica con una participación mínima del 60%, se solicita la siguiente aclaración: ¿Es permitida la participación de una empresa extranjera como proponente único, bajo la condición de integrar a una firma consultora regional como Subconsultor Principal? El objetivo de esta estructura, es que nosotros como proponente único (extranjero) asumamos la totalidad de las obligaciones contractuales, mientras que el Subconsultor (regional) asegure el cumplimiento de la experiencia específica en Centroamérica requerida en los criterios de evaluación técnica y facilite la coordinación operativa local según lo previsto en la Sección VII, numeral 22. En este escenario, ¿podría la experiencia acreditada del Subconsultor ser sumada o considerada para el cumplimiento de los puntajes técnicos del proponente?».Respuesta: La participación de subconsultores será permitida únicamente en el marco de una Licitación Secundaria, de conformidad con lo establecido en el Numeral 9 de la Sección VII: Gestión Contractual. No obstante, para efectos de la evaluación de la capacidad y experiencia del proponente durante el presente proceso licitatorio, únicamente se considerará la experiencia acreditada por el proponente o, cuando corresponda, por los integrantes de una operación conjunta.En consecuencia, la experiencia de un subconsultor no será considerada ni sumada para acreditar el cumplimiento de los requisitos de experiencia general, experiencia específica o de los criterios técnicos de evaluación establecidos en la Solicitud de Propuestas.Por lo tanto, una empresa extranjera que participe como proponente individual deberá acreditar por sí misma el cumplimiento de los requisitos y criterios de evaluación aplicables, independientemente de la eventual participación de subconsultores para la ejecución de servicios específicos en una futura Licitación Secundaria.
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24-Jun-2026 17:12
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New amendment added #5: Enmienda No. 5: Se modifica la **Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación**, eliminándose de los criterios de elegibilidad el requisito que exigía que, en el caso de participación mediante empresa conjunta, consorcio o asociación de empresas, el Socio Principal estuviera constituido en un país de Centroamérica.Se procede a publicar las presentaciones utilizadas durante la Reunión Informativa y la Reunión Complementaria llevadas a cabo los días 28 de mayo y 16 de junio de 2026, respectivamente.Se actualiza la fecha de adjudicación prevista, indicada en la pestaña "Detalles".
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23-Jun-2026 19:44
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New clarification added: Buenos días, ¿sería posible que nos compartieran la presentación de la renuión virtual No. 2 por favor?Respuesta: Favor estar pendiente de la publicación de las presentaciones, las cuales se harán a través de Enmienda #5.
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22-Jun-2026 17:42
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New amendment added #4: Enmienda No. 4Se amplía el plazo de recepción de propuestas y de aclaraciones.Se modifica la Sección_II_III_IV_V Servicios de Consultoría de Obras Verticales a través de LTA_RFP/2026/62931, especificamente la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación.Se modifica la Sección_VI_Anexos de Propuesta RFP/2026/62931Se publica Minuta de Reunión Previa o de Aclaración Complementaria.
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18-Jun-2026 06:11
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New clarification added: Solicitud de extensión del período de aclaraciones — RFP/2026/62931En el marco del proceso RFP/2026/62931, y considerando que mediante la Enmienda No. 3 se ha programado una reunión virtual de aclaración complementaria para el día 16 de junio de 2026, respetuosamente solicitamos que el período habilitado para la presentación de consultas escritas sea extendido hasta al menos el 20 de junio de 2026.El fundamento de esta solicitud es el siguiente: la reunión del 16 de junio tiene por objeto precisamente resolver dudas adicionales sobre los cambios introducidos por la Enmienda No. 3. Es razonable esperar que dicha reunión genere nuevas consultas o requiera aclaraciones complementarias que los proponentes necesitarán formalizar por escrito a través del sistema eSourcing. Una extensión breve del período de consultas, posterior a la reunión del 16 de junio, contribuirá a garantizar propuestas más completas, consistentes y alineadas con los requerimientos del proceso, en beneficio de la calidad técnica del LTA.Respuesta: La presente consulta será atendida mediante la Enmienda No. 4.
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17-Jun-2026 22:47
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New clarification added: Consulta / Solicitud de ampliación adicional del plazo de presentación de propuestas En atención a la Enmienda No. 2 publicada por UNOPS, mediante la cual se amplió la fecha límite de presentación de propuestas, agradecemos la consideración otorgada a los proponentes para contar con un plazo adicional en la preparación de sus ofertas.No obstante, considerando la complejidad técnica, legal, financiera y administrativa del presente proceso, así como la necesidad de integrar adecuadamente las enmiendas emitidas, las respuestas a las consultas formuladas por los proponentes, la documentación de respaldo de experiencia, la conformación y validación del personal clave, la preparación de los formularios técnicos y económicos por lote, y la revisión interna de la propuesta final, solicitamos respetuosamente a UNOPS considerar una ampliación adicional de dos (2) semanas al plazo actualmente establecido para la presentación de propuestas.Consideramos que esta ampliación adicional permitiría a los proponentes preparar ofertas más completas, consistentes y competitivas, en beneficio de la calidad técnica del proceso, la adecuada comparación de propuestas y los objetivos del Acuerdo a Largo Plazo (LTA).Agradecemos de antemano la atención brindada a la presente solicitud.Respuesta: La presente consulta será atendida mediante la Enmienda No. 4.
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17-Jun-2026 22:44
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New clarification added: CONSULTA 01. Referencia: Sección II, Criterios de Calificación 1, 3 y 4 | Capacidad Financiera — Estados Financieros del Ejercicio 2025PREGUNTA / SOLICITUD: El pliego exige la presentación de Estados Financieros certificados por Contador Público Autorizado (CPA) de los tres últimos años: 2023, 2024 y 2025. Sin embargo, dado que el proceso se desarrolla durante el primer semestre de 2026, diversas empresas, no han completado el proceso de cierre contable, auditoría y certificación del ejercicio fiscal 2025 al momento de presentar su propuesta. Se consulta: (1) ¿Acepta UNOPS, como sustituto temporal, estados financieros internos del ejercicio 2025 debidamente certificados por Contador Público Autorizado (CPA), en tanto que los estados auditados definitivos no estén disponibles a la fecha de cierre de propuestas? (2) En caso afirmativo, ¿se requerirá presentar los estados financieros definitivos auditados previo a la firma del LTA? CONSULTA 02 . Referencia: Sección II, Criterio 1 — Liquidez | Capacidad Financiera — Método de Cálculo del Promedio de LiquidezPREGUNTA / SOLICITUD: El Criterio 1 exige que la relación Activos Corrientes / Pasivos Corrientes sea ≥ 1.0 en promedio durante los últimos tres años. Existen dos métodos de cálculo posibles que pueden arrojar resultados distintos para la misma empresa: Método A: Calcular el ratio individualmente para cada año (AC/PC por año) y promediar los tres valores. Método B: Sumar los activos corrientes de los tres años y dividirlos entre la suma de los pasivos corrientes de los tres años. Se consulta: ¿cuál de los dos métodos aplica UNOPS para calcular el promedio del indicador de liquidez? Adicionalmente: si el ratio de un año específico es inferior a 1.0 pero el promedio de los tres años resulta ≥ 1.0, ¿se cumple igualmente el criterio?CONSULTA 03. Referencia: Sección I, Art. 4- Sección VI, Anexo A (nota aclaratoria) | Admisibilidad de participación individual en un lote y como consorcio en otro lote simultáneamentePREGUNTA / SOLICITUD: El Artículo 4 de la Sección I establece que la restricción de una propuesta por oferente aplica lote por lote. En el mismo sentido, la nota aclaratoria del Anexo A de la Sección VI indica expresamente:"Es aceptable que un integrante de la operación conjunta presente propuesta individual para uno o varios lotes, si no compite con la operación conjunta en la cual es integrante en un mismo lote, y no compite con otro integrante de la operación conjunta en el mismo lote."Es nuestra interpretación que la siguiente estructura de participación es admisible:Empresa A participa como proponente individual en el Lote 2Consorcio Empresa A + Empresa B participa en el Lote 1Bajo esta estructura, las restricciones que aplican serían las siguientes:La Empresa A no puede presentar propuesta individual en el Lote 1, por ser miembro del consorcio que participa en ese loteLa Empresa B no puede presentar propuesta individual en el Lote 1, donde participa como miembro del consorcio, ni en el Lote 2, donde competiría contra la Empresa A, su socia en el consorcioSe solicita confirmar si esta interpretación es correcta.CONSULTA 04. ReferenciaSección I, Artículo 12 — Sección I, Artículo 4 — Sección IV, Numerales 5.4.1 y 5.5.1 | Aplicación de la restricción del Personal Clave en procesos con múltiples lotesPREGUNTA / SOLICITUD: El Artículo 12 de la Sección I establece que el Personal Clave propuesto no debe formar parte de otra propuesta presentada en el mismo proceso. Por su parte, el Artículo 4 de la misma Sección establece expresamente que la restricción de una propuesta por oferente aplica lote por lote.En ese sentido, es nuestra interpretación que la restricción del Artículo 12 sobre el Personal Clave debe aplicarse bajo la misma lógica lote por lote, de modo que un mismo profesional pueda ser propuesto en la propuesta de un lote — ya sea individual o como parte de un consorcio — y simultáneamente en la propuesta de un lote distinto, siempre que:No figure en dos propuestas que compitan en un mismo lote, ySu disponibilidad para Órdenes de Servicio no sea requerida de forma simultánea bajo ambas propuestasSe solicita confirmar si esta interpretación es correcta.Respuesta:1. La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 a la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación.2. Se aclara que el indicador será calculado obteniendo la relación Activos Corrientes/Pasivos Corrientes para cada uno de los tres (3) años evaluados y posteriormente calculando el promedio aritmético de dichos resultados.La fórmula aplicable será: (AC1/PC1) + (AC2/PC2) + (AC3/PC3) / 3El criterio se considerará cumplido cuando el promedio obtenido sea igual o superior a uno (1.0).En consecuencia, no es requisito que cada año individualmente presente una relación igual o superior a uno (1.0), siempre que el promedio de los tres años evaluados cumpla con el valor mínimo requerido.3. Se confirma que la interpretación planteada es correcta, siempre que se enmarque en lo dispuesto en la nota aclaratoria del Anexo A: Formulario de Información sobre los Integrantes de una Operación Conjunta, que forma parte de la Sección VI: Anexos de Propuesta, la cual establece que es aceptable que un integrante de una operación conjunta presente una propuesta individual para uno o varios lotes, siempre que no compita con la operación conjunta de la cual forma parte en un mismo lote ni con otro integrante de dicha operación conjunta en el mismo lote.4. La presente consulta será atendida mediante la Enmienda No. 4 a la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación.
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17-Jun-2026 22:43
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New clarification added: 3. Costos a estimar en futuras Licitaciones SecundariasFavor confirmar si los costos indicados en el numeral anterior serán requeridos y cotizados posteriormente en cada Solicitud de Cotización correspondiente a las Licitaciones Secundarias, una vez que UNOPS defina el país, ubicación, alcance específico, duración, personal requerido, condiciones del sitio y demás requerimientos particulares de cada Orden de Servicios.Asimismo, agradeceremos confirmar si dichos costos deberán ser presentados de forma separada de las tarifas diarias del personal, conforme a la estructura económica que establezca cada Solicitud de Cotización.4. Clasificación de costos operativos, reembolsables y costos incluidos en tarifaPara evitar duplicidades o interpretaciones distintas al momento de preparar la propuesta económica, agradeceremos aclarar cómo deberá clasificarse cada tipo de costo en el marco de las futuras Licitaciones Secundarias.En particular, solicitamos confirmar:a) qué conceptos serán considerados como costos operativos;b) qué conceptos serán considerados como costos reembolsables;c) qué conceptos deberán entenderse incluidos dentro de las tarifas diarias máximas establecidas en el Anexo C;d) sí habrá costos que no serán reconocidos como reembolsables y que, por lo tanto, deberán ser absorbidos dentro de la tarifa diaria o dentro de los costos administrativos del consultor.Asimismo, agradeceremos aclarar si conceptos como vehículos, combustible, logística de campo, oficina de campo, comunicaciones específicas del proyecto, equipo especializado requerido por el servicio, impresión de informes, señalización temporal, equipo de seguridad industrial adicional, movilización y desmovilización deberán clasificarse como costos operativos, costos reembolsables o costos incluidos dentro de la tarifa diaria del personal.5. Costos administrativos y utilidadFavor confirmar si los costos administrativos y la utilidad del consultor deben integrarse desde esta etapa dentro de las tarifas diarias del Anexo C, o si dichos conceptos serán requeridos y calculados separadamente en las futuras Licitaciones Secundarias como un porcentaje sobre los costos directos, conforme a lo que establezca cada Solicitud de Cotización.Respuesta:3. Se aclara que durante las Licitaciones Secundarias se solicitarán todos los costos asociados a la prestación de los servicios requeridos. Se recomienda revisar el Numeral 11 de la Sección VII: Gestión Contractual, particularmente el inciso 7. Metodología de Evaluación en el marco de una Licitación Secundaria, donde se detallan las disposiciones aplicables.No obstante, se comparte un extracto de la conformación de los precios en las licitaciones secundarias, de acuerdo al nuemrak 7 de la Sección VII: Gestión Contractual, indica:Precio Total Evaluado = Costos Directos (Suma de tarifas y/o pruebas + Subcontratos + Costos Operativos) + Costos de Administración y utilidades (calculado como un porcentaje sobre los costos directos, el cual será definido en cada Licitación Secundaria) + Costos Reembolsables.En consecuencia, los costos reembolsables, costos operativos, subcontrataciones y demás costos asociados a la ejecución de los servicios serán solicitados y cotizados en el marco de cada Licitación Secundaria, según la naturaleza, alcance, ubicación y condiciones particulares del requerimiento.4. Se aclara que no es posible establecer de forma anticipada una clasificación única y definitiva de los costos operativos, costos reembolsables o costos incluidos en las tarifas, ya que dicha clasificación dependerá de la naturaleza, alcance, ubicación y condiciones particulares de cada requerimiento.En consecuencia, la clasificación específica de costos operativos, costos reembolsables u otros conceptos asociados a la ejecución de los servicios será establecida en cada Licitación Secundaria.Se recomienda revisar lo indicado en el numeral 11 de la Sección VII: Gestión Contractual, referido a la composición del precio en licitación secundaria.5. Se aclara que, en la presente etapa del proceso, únicamente deberán cotizarse las tarifas correspondientes al personal requerido para cada lote, las cuales corresponden exclusivamente a honorarios profesionales.Los costos administrativos, utilidad, costos operativos, costos reembolsables y demás costos asociados a la ejecución específica de los servicios no deberán ser incluidos en esta propuesta, ya que serán solicitados y evaluados en el marco de cada Licitación Secundaria, de conformidad con la metodología y estructura de precios que se establezca para el requerimiento específico.Se recomienda revisar el Numeral 7 de la Sección VII: Gestión Contractual, Metodología de Evaluación en el marco de una Licitación Secundaria.
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16-Jun-2026 23:11
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New clarification added: Estimados señores de UNOPS:En relación con el proceso RFP/2026/62931, específicamente respecto al Lote 1: Supervisión de Obras y al llenado del Anexo C: Formulario de propuesta de precios, solicitamos amablemente aclarar los siguientes aspectos para asegurar una correcta integración de la propuesta económica:Alcance de las tarifas diarias del Anexo CFavor confirmar si, para el presente proceso RFP/LTA, el Anexo C debe completarse únicamente con las tarifas diarias máximas del personal profesional y personal de apoyo por perfil y nivel de experiencia, considerando que dichas tarifas corresponden a una jornada de 8 horas por día y se presentan sin impuestos.Asimismo, agradeceremos confirmar qué componentes de costo deben estar incluidos dentro de dichas tarifas diarias. En particular, solicitamos aclarar si las tarifas deben considerar, entre otros, los siguientes conceptos:a) honorarios o remuneración base del profesional;b) prestaciones laborales, cargas sociales o costos patronales aplicables;c) seguros laborales ordinarios asociados al personal;d) costos administrativos directamente asociados a la gestión del personal;e) coordinación interna, supervisión administrativa y soporte técnico de oficina central;f) teléfono, internet, comunicación ordinaria y herramientas básicas de trabajo;g) computadora, software ordinario, licencias básicas o alquiler de equipo informático;h) equipo básico de protección personal;i) utilidad del consultor;j) contingencia o riesgo empresarial asociado a la disponibilidad del personal durante la vigencia del LTA.2. Costos que no deben incluirse en esta etapa dentro del Anexo C. Favor confirmar si, para el llenado del Anexo C en esta etapa del proceso RFP/LTA, no deben incluirse dentro de las tarifas diarias los costos logísticos, operativos o reembolsables que dependen de la ubicación, duración y condiciones específicas de cada servicio, tales como:a) transporte terrestre de los profesionales;b) vehículos asignados al servicio;c) combustible;d) mantenimiento o alquiler de vehículos;e) hospedaje;f) viáticos o DSA;g) g) alimentación;h) peajes;i) parqueos;j) boletos aéreos;k) traslados locales;l) movilización y desmovilización;m) gastos de campo variables;n) oficinas locales del proyecto u oficinas administrativas específicas para el servicio;o) otros gastos asociados al sitio específico de ejecución.Respuesta:1. a) Respecto a la consulta sobre las tarifas diarias máximas, se aclara que deberá completarse el documento “3.1 Anexo C. Formulario de Propuesta de Precios RFP/2026/62931”, consignando las tarifas correspondientes a las tres categorías de personal requeridas: Personal Clave evaluable en el proceso de licitación, Personal Clave adicional evaluable en el proceso de Licitación Secundaria y Personal de Apoyo no evaluable, para los veintiún (21) perfiles establecidos en el formulario del Lote 1, según cada nivel de experiencia solicitado.b) Se aclara que, en la presente etapa del proceso, únicamente deberán cotizarse las tarifas correspondientes al personal requerido para cada lote. Dichas tarifas deberán contemplar exclusivamente los honorarios profesionales del personal propuesto, incluyendo los costos necesarios para cumplir con la legislación aplicable y las prestaciones, cargas sociales, contribuciones patronales y demás obligaciones laborales o profesionales que correspondan.Los gastos reembolsables y cualquier otro costo asociado a la ejecución específica de los servicios no deberán incluirse en esta propuesta, ya que estos serán definidos y considerados, de ser aplicables, en el marco de una Solicitud de Cotización emitida durante una eventual Licitación Secundaria (Call-Off), conforme a las necesidades particulares de los servicios requeridos.Se recomienda revisar el Numeral 7, "Metodología de Evaluación en el marco de una Licitación Secundaria" y Numeral 11 de la Sección VII: Gestión Contractual, particularmente el apartado “Contenido de las Propuestas”, donde se detallan las disposiciones aplicables a este respecto.2. a) Respecto a la consulta sobre las tarifas diarias máximas, se aclara que deberá completarse el documento “3.1 Anexo C. Formulario de Propuesta de Precios RFP/2026/62931”, consignando las tarifas correspondientes a las tres categorías de personal requeridas: Personal Clave evaluable en el proceso de licitación, Personal Clave adicional evaluable en el proceso de Licitación Secundaria y Personal de Apoyo no evaluable, para los veintiún (21) perfiles establecidos en el formulario del Lote 1, según cada nivel de experiencia solicitado.b) Se aclara que, en la presente etapa del proceso, únicamente deberán cotizarse las tarifas correspondientes al personal requerido para cada lote. Dichas tarifas deberán contemplar exclusivamente los honorarios profesionales del personal propuesto, incluyendo los costos necesarios para cumplir con la legislación aplicable y las prestaciones, cargas sociales, contribuciones patronales y demás obligaciones laborales o profesionales que correspondan.Los gastos reembolsables y cualquier otro costo asociado a la ejecución específica de los servicios no deberán incluirse en esta propuesta, ya que estos serán definidos y considerados, de ser aplicables, en el marco de una Solicitud de Cotización emitida durante una eventual Licitación Secundaria (Call-Off), conforme a las necesidades particulares de los servicios requeridos.Se recomienda revisar el Numeral 7, "Metodología de Evaluación en el marco de una Licitación Secundaria" y Numeral 11 de la Sección VII: Gestión Contractual, particularmente el apartado “Contenido de las Propuestas”, donde se detallan las disposiciones aplicables a este respecto.
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16-Jun-2026 22:46
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New clarification added: PAQUETE 2: CONSULTA 01. Referencia: Sección II, Criterio 1.2 — Lotes 1 y 2 | Documentos Alternativos para Acreditar Experiencia — Proyectos Privados y MultilateralesPREGUNTA / SOLICITUD: El pliego exige 'Actas de Recepción Provisional/Final o Constancia emitida por el ente Contratante' por cada experiencia. En proyectos del sector privado y de organismos multilaterales, este tipo de acta formal no siempre es emitida. Se consulta si UNOPS acepta como documentos alternativos: (a) Cartas de satisfacción o reconocimiento del cliente, (b) Finiquitos contractuales, (c) Certificados de obra terminada emitidos por el propietario, (d) Constancias de participación emitidas por organismos multilaterales (BID, Banco Mundial, BCIE) que financiaron el proyecto.CONSULTA 02: Puntaje máximo real del Gerente de Proyecto / Director de Diseño en el Lote 2 . Referencia: Anexo 2.1, Enmienda No. 3 — Lote 2El encabezado del cargo indica 11 puntos, pero la escala detallada llega hasta 8 puntos como valor máximo en N3 (7+ experiencias o +10 años). ¿El puntaje máximo real es 8 u 11? Si es 11, ¿existe algún criterio adicional no indicado en la tabla que permita obtener los 3 puntos restantes?CONSULTA 03: Costos de colegiación temporal en las tarifas Referencia: Sección VII, Numeral 22 — Enmienda No. 3El Numeral 22 establece que los costos de registro profesional, colegiaciones temporales y homologaciones en el país de ejecución deben incluirse en las tarifas propuestas. Se consulta: ¿puede UNOPS indicar, de manera orientativa, qué organismo regula el registro temporal de profesionales extranjeros en cada uno de los cinco países cubiertos, o si existe algún mecanismo o convenio regional reconocido por UNOPS para estos efectos?Respuesta:1) Se aclara que las Actas de Recepción Provisional/Final o las Constancias emitidas por el ente Contratante constituyen ejemplos de documentos mediante los cuales puede acreditarse la finalización y recepción satisfactoria de los servicios o proyectos ejecutados.En consecuencia, podrán aceptarse otros documentos equivalentes que permitan evidenciar de manera fehaciente la finalización y recepción de los servicios por parte del cliente o entidad contratante, siempre que contengan información suficiente para validar la experiencia presentada y su vinculación con el contrato correspondiente.Por lo tanto, documentos tales como cartas de satisfacción, finiquitos contractuales, certificados de obra terminada o constancias emitidas por organismos multilaterales podrán ser considerados válidos, siempre que acrediten la finalización de los servicios y permitan verificar la información contractual requerida para la evaluación de la experiencia.2) Se aclara que el puntaje total asignado a cada cargo de Personal Clave corresponde a la suma de los puntajes obtenidos en los criterios de “Formación Académica” y “Desglose de Experiencia y Puntaje”.Para el caso específico del cargo de Gerente de Proyecto / Director de Diseño del Lote 2, la distribución es la siguiente:Formación Académica: Título a nivel de grado como Arquitecto, Ingeniero Civil o equivalente, con un puntaje de 3 puntos.Desglose de Experiencia y Puntaje: Puntaje máximo de 8 puntos.En consecuencia, el puntaje máximo total para este cargo es de once (11) puntos, resultado de la suma de ambos criterios (3 + 8 = 11).Se aclara que esta misma metodología de evaluación aplica para todos los cargos de Personal Clave incluidos en el proceso.3) Se aclara que cada oferente deberá realizar las investigaciones correspondientes en cada país aplicable respecto al cumplimiento del Numeral 22 “Modalidad de ejecución y cumplimiento normativo local”, contenido en el Documento 2, Enmienda No. 3, Secciones II, III, IV y V, del proceso Servicios de Consultoría de Obras Verticales a través de LTA_RFP/2026/62931.En consecuencia, los costos asociados al registro profesional, colegiaciones temporales, homologaciones u otros requisitos regulatorios aplicables en el país de ejecución deberán ser considerados por el oferente dentro de sus tarifas propuestas, según corresponda.
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16-Jun-2026 22:39
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New clarification added: Con realción a la Enmienda 3, por favor serían tan amables de compartirla. Solo encuentro la Enmienda 1 y la Enmienda 2, pero el archivo que se llama 2.1 Anexo a Sección II_ Métodos y Criterios de Evaluación - Personal Clave RFP_2026_62931 no contiene las respuestas a mis consultas ni a las otras consultas que mencionan que se modificaron por medio de esa enmienda 3.Respuesta: Aclaramos que esta enmienda ya fue publicada.
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16-Jun-2026 22:34
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New amendment added #3: Enmienda No. 3:Sourcing, pestaña “Detalles”Reunión previa o de aclaración: Se programa una reunión virtual previa o de aclaración complementaria a la celebrada el 28 de mayo de 2026, la cual se llevará a cabo el día 16 de junio de 2026 a las 10:00 a.m. (hora de Honduras).Se modifican las siguientes secciones:Enmienda #3_Sección_II_III_IV_V Servicios de Consultoría de Obras Verticales a través de LTA_RFP/2026/62931En el presente documento se modifican las siguientes secciones:Enmienda #3_Sección_VI_Anexos de Propuesta RFP/2026/62931Enmienda #3_Sección VII: Gestión Contractual RFP/2026/62931Mayor detalle en la pestaña "Documentos".
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12-Jun-2026 01:00
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New clarification added: CONSULTA Nro. 102. CRITERIO DE CALIFICACIÓN5. Experiencia GeneralLote #1Consulta: ¿Se admitirá la acreditación de experiencia mediante contratos en curso, siempre y cuando el proponente demuestre un grado de avance sustancial que permita verificar el cumplimiento de las actividades y tareas referentes al objeto de la presente contratación?Respuesta: Se aclara que el criterio de Experiencia General para el Lote 1 no requiere la presentación ni evaluación de una cantidad específica de contratos o experiencias.De conformidad con lo establecido en la Sección II: Método y Criterios de Evaluación, el criterio establece que el proponente deberá acreditar un mínimo de ocho (8) años de experiencia. No obstante, para aquellos criterios que requieran la acreditación de experiencias específicas mediante contratos o proyectos, únicamente serán consideradas experiencias completamente finalizadas a la fecha límite de presentación de propuestas.
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12-Jun-2026 00:56
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New clarification added: Las disculpas del caso, pero la enmienda No.3 no aparece en la web, solo aparecen la enmienda 1 y la enmienda 2. Les solicitamos por favor ponerla a disposición a la brevedad.Muchas graciasRespuesta: Favor estar pendiente, dado que se publicará a la brevedad.
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12-Jun-2026 00:53
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New clarification added: Buenas tardes, el pasado 27 de mayo envié la siguiente consulta sobre el Lote 1: Supervisión de obras, y quisiera por favor que me la respondieran, ya que no he recibido respuesta.En el Documento denominado 2. RFP_2026_62931_Sección_II_III_IV_V Servicios de Consultoría de Obras Verticales a través de LTA, ANEXO 2: INFORMACIÓN ESPECÍFICA DEL PROYECTO, numeral 5. Requisitos de Personal Lote 1, Lote 2 y Lote 3, en el subnumeral 5.1. Niveles de experiencia profesional, se indica: En el marco de la presente licitación y licitación secundaria, se solicitará al Consultor la designación de diversos profesionales debidamente calificados para la ejecución de los servicios previstos en este LTA, conforme a 3 posibles niveles de experiencia descritos a continuación:● Nivel de experiencia 1: Ver inciso 5.4 Personal Clave Lote 1- Supervisión e Inspección de Obras● Nivel de experiencia 2: Ver inciso 5.5 Personal Lote 2 - Diseño y Formulación de Proyectos.● Nivel de experiencia 3: Ver inciso 5.6 Personal Clave Lote 3 - Servicios de Laboratorio, estudios y/o pruebas de calidad. De lo anterior no queda duda de que el Nivel de experiencia 1 corresponde exclusivamente al personal requerido para el Lote 1- Supervisión e Inspección de Obras, que el nivel de experiencia 2 corresponde al personal requerido para el Lote 2 - Diseño y Formulación de Proyectos, y que el nivel de experiencia 3 corresponde al personal requerido para el Lote 3 - Servicios de Laboratorio, estudios y/o pruebas de calidad. El número 5.2. Evaluación del Clave Personal, del mismo documento indica: El clave personal será evaluado conforme a los perfiles, calificaciones mínimas, requisitos de experiencia y puntajes establecidos para cada cargo. Los Proponentes deberán presentar un (1) único perfil profesional y nivel de experiencia por cada cargo sujeto de evaluación, conforme a la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación. La Sección en referencia, 2.1 Anexo a Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación - Clave Personal RFP/2026/62931, presenta para cada uno de los profesionales requeridos para cada Lote, un desglose de experiencia y puntaje a asignar para los denominados Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3. Al revisar el subnumeral 5.4, que entendemos que corresponde exclusivamente al Nivel de experiencia 1 para el Lote 1 , vemos que se presenta una tabla donde para cada uno de los profesionales requeridos se proporciona criterios de evaluación para tres niveles de experiencia: Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3. De igual manera, en el Anexo C: Formulario de propuesta de precios, para el Lote 1: Supervisión de Obras encontramos el requisito de colocar el costo de la Tarifa Diaria en los tres niveles para cada profesional, y adicionalmente colocar el promedio de dichas tarifas. Por todo lo anterior, solicitamos aclarar los siguientes puntos:a) Si se indica que para el Nivel de experiencia 1 corresponde avocarse a lo indicado en el inciso 5.4 Personal Clave Lote 1 - Supervisión e Inspección de Obras; y si además, se indica que los proponentes deberemos presentar un único perfil profesional y un único nivel de experiencia por cada carga sujeta a evaluación, ¿por qué se solicitan costos de tarifas para 3 niveles de experiencia más un promedio de dichos costos en el Anexo C: Formulario de propuesta de precios, por ejemplo para el Lote 1: Supervisión de Obras?b) Aclarar si los parámetros descritos en los denominados Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3 del cuadro encontrados en el Anexo de la Sección II y del cuadro del inciso 5.4, corresponden algo diferente oa los mismos parámetros descritos en el numeral 5.1 Niveles de experiencia profesional.Respuesta: La presente consulta ha sido respondida.
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12-Jun-2026 00:52
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New clarification added: Consulta 12. Capacidad FinancieraEn relación con los requisitos de capacidad financiera, el pliego solicita la presentación de Estados Financieros certificados correspondientes a los últimos tres (3) años, indicando expresamente los años 2023, 2024 y 2025. Considerando que, en algunos países, los estados financieros certificados o auditados del ejercicio fiscal 2025 podrían no encontrarse disponibles a la fecha límite de presentación de propuestas, solicitamos amablemente aclarar si será aceptable presentar los estados financieros certificados de los años 2022, 2023 y 2024, acompañados, de ser necesario, por documentación financiera preliminar, constancia contable, declaración fiscal, certificación de contador público autorizado o documentación equivalente correspondiente al ejercicio 2025.Respuesta: La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3.
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12-Jun-2026 00:51
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New clarification added: Consulta 2. Solicitud de Aclaraciones al PliegoExperiencia- En la tabla de evaluación de Experiencia Específica para el Lote 3, se observa un solapamiento en los rangos de contratos: el segundo rango indica "12 – 14 contratos" y el tercero indica "10 – 12 contratos". Solicitamos amablemente aclarar cuál es el rango exacto de contratos requeridos para optar a los 12 puntos en dicho lote.Respuesta:La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 al Anexo a Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación - Personal Clave RFP/2026/62931.
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12-Jun-2026 00:50
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New clarification added: 7. Sobre la multiplicidad de roles para un mismo profesionalReferencia: Sección VII (Gestión Contractual), numeral 11.7 (Disposiciones adicionales sobre el personal).Consulta: El numeral 11.7 indica que se podrá permitir la designación de un mismo profesional para más de una disciplina técnica en las licitaciones secundarias. Para efectos de la presentación de la propuesta técnica actual (fase LTA) en el Anexo D.2, ¿es permitido utilizar y evaluar a un mismo profesional para dos cargos distintos dentro de un mismo lote (ej. postular a la misma persona como Ingeniero Hidrosanitario e Ingeniero contra Incendios), siempre que cumpla con los requisitos mínimos de ambas disciplinas?Respuesta:La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 a la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación.
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12-Jun-2026 00:36
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New clarification added: 6. Sobre los efectos prácticos del Orden de Prelación del LTAReferencia: Sección VII (Gestión Contractual), numeral 1.10 y numeral 15.Consulta: Las bases indican que los consultores serán clasificados conforme a un "orden de prelación". ¿Podrían aclarar de manera práctica qué ventajas, prioridades o derechos específicos otorga este orden de prelación a la empresa que obtenga el primer lugar (L1) frente al resto de los adjudicatarios, especialmente en los procesos de adjudicación directa o Licitaciones Secundarias menores a $250,000 USD?Respuesta:El orden de prelación constituye un mecanismo de referencia para la administración de los Acuerdos a Largo Plazo (LTA) y se establecerá con base en el resultado de la evaluación combinada técnico-financiera del presente proceso.En el marco de una Licitación Secundaria por montos inferiores a lo indicado en la Sección VII: Gestión Contractual, Numeral 15 de la Sección VII: Gestión Contractual, el Contratante se reserva el derecho de determinar, si procede con una Contratación Directa (CD) o una Licitación Secundaria competitiva.Para mayor detalle sobre los efectos prácticos del orden de prelación, así como sobre los criterios que podrán ser considerados para la selección de un titular de LTA en el marco de una Contratación Directa, se recomienda revisar la Enmienda No. 3, mediante la cual se amplía el numeral 15 de la Sección VII: Gestión Contractual relativo a los umbrales y mecanismos aplicables para la contratación de servicios bajo los LTAs.Por otra parte, cuando corresponda la realización de una Licitación Secundaria competitiva, de conformidad con el numeral 7.1 de la Sección VII: Gestión Contractual, las propuestas serán evaluadas bajo la metodología de “sustancialmente conforme, precio más bajo”. En consecuencia, la adjudicación de la Orden de Servicio recaerá en la propuesta sustancialmente conforme que presente el precio evaluado más bajo y cumpla con todos los requisitos y criterios establecidos para el requerimiento específico.
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12-Jun-2026 00:35
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New clarification added: 4. Sobre la concurrencia y delimitación de responsabilidades entre distintos LotesReferencia: Sección VII (Gestión Contractual), numeral 6.1 (Conflicto de Interés entre Lotes).Consulta: Entendemos que en una Licitación Secundaria es plausible que el Lote 1 (Supervisión) y el Lote 3 (Estudios/Control de Calidad) se adjudiquen a distintas empresas. En este escenario, la empresa supervisora (Lote 1) estará supeditada y basará sus dictámenes en los estudios geotécnicos, hidrológicos, de laboratorio y todos los demás requeridos, realizados por una tercera empresa (Lote 3). ¿Cómo manejará UNOPS la delimitación de responsabilidades contractuales y civiles en caso de que un error, omisión o retraso en los resultados del Lote 3 impacte negativamente en la ejecución, calidad o plazos de la supervisión o el diseño que se esté realizando?Respuesta: La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 a la Sección IV: Lista de Detalles, Anexo 2: Información Específica del Proyecto.
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12-Jun-2026 00:33
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New clarification added: CONSULTA Nro. 12Sección II – Método y Criterios de Evaluación3. Criterios TécnicosLote 1: Supervisión de ObrasNumeral 1.2 – Experiencia EspecíficaSolicitamos que sean admidos como experiencia válida los proyectos de edificaciones asociadas a infraestructura de transporte masivo, tales como estaciones de metro, estaciones ferroviarias, terminales de transporte y otras edificaciones destinadas al flujo, atención y operación de pasajeros.Lo anterior, considerando que este tipo de proyectos presentan características técnicas, arquitectónicas, estructurales y operativas comparables a las requeridas para edificaciones de uso educativo, residencial o institucional.Respuesta:Se aclara que las edificaciones asociadas a infraestructura de transporte masivo, tales como estaciones de metro, estaciones ferroviarias, terminales de transporte y otras edificaciones destinadas a la atención, operación y circulación de pasajeros, podrán ser consideradas como experiencia válida siempre que correspondan a obras verticales y que el proponente aporte documentación suficiente que permita verificar el cumplimiento de los criterios establecidos en la Sección II – Método y Criterios de Evaluación, 3. Criterios Técnicos, Lote 1: Supervisión de Obras, Numeral 1.2 – Experiencia Específica.Para tales efectos, UNOPS podrá considerar información complementaria, tales como alcances de servicios, planos, memorias descriptivas, cuadros de áreas, BoQ u otra documentación que permita verificar la naturaleza, características y magnitud de la obra ejecutada.No obstante, se recuerda que la experiencia presentada deberá cumplir integralmente con todos los requisitos establecidos para el criterio de experiencia específica, por lo que se recomienda a los proponentes realizar una autoevaluación de los demás requisitos aplicables antes de presentar su propuesta.
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10-Jun-2026 23:17
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New clarification added: Estimado equipo de UNOPS,Mediante la presente hacemos la solicitud formal para la extensión del plazo de entrega del presente llamado, con motivo de generar una propuesta completa y con la debida diligencia y dedicación que amerita la documentación solicitada.¿Desde su lado, creen que sería posible otorgar 2 semanas más de plazo?Respuesta:La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 2.
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10-Jun-2026 23:13
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New clarification added: CONSULTA Nro. 11Sección II – Método y Criterios de Evaluación3. Criterios TécnicosLote 1: Supervisión de ObrasNumeral 1.2 – Experiencia EspecíficaDe acuerdo con el criterio indicado, se requiere que el proponente acredite experiencia específica en la región Centroamericana en contratos de supervisión, coordinación, gerenciamiento, administración y/o gestión de obras verticales.Al respecto, solicitamos respetuosamente considerar la ampliación del alcance de la experiencia admisible, permitiendo que también sean aceptadas experiencias ejecutadas fuera de la región Centroamericana, siempre que correspondan a obras verticales de naturaleza, complejidad técnica, alcance y magnitud comparables o superiores a las requeridas en el presente proceso.Asimismo, solicitamos que se consideren como experiencia válida, los proyectos de edificaciones aeroportuarias, tales como terminales de pasajeros, edificios operativos, áreas de procesamiento de pasajeros, edificios administrativos aeroportuarios, instalaciones de apoyo y otras edificaciones asociadas a infraestructura aeroportuaria.Respuesta:Se considera que el requisito de experiencia específica en la región centroamericana es razonable y proporcional al objeto de la contratación, por cuanto permite verificar no solo la experiencia técnica del proponente, sino también su conocimiento operativo del contexto regional en el que se ejecutarán los servicios.En consecuencia, el requisito de experiencia específica en la región centroamericana se mantiene sin modificaciones.Respecto a las edificaciones aeroportuarias, se aclara que podrán ser consideradas como experiencia válida siempre que correspondan a obras verticales y que el proponente aporte documentación suficiente que permita verificar el cumplimiento de los criterios establecidos en la Sección II – Método y Criterios de Evaluación, 3. Criterios Técnicos, Lote 1: Supervisión de Obras, Numeral 1.2 – Experiencia Específica.Para tales efectos, UNOPS podrá considerar información complementaria, tales como alcances de servicios, planos, memorias descriptivas, cuadros de áreas, BoQ u otra documentación que permita verificar la naturaleza y características de la obra ejecutada.No obstante, se recuerda que la experiencia presentada deberá cumplir integralmente con todos los requisitos establecidos para el criterio de experiencia específica, por lo que se recomienda a los proponentes realizar una autoevaluación de los demás requisitos aplicables antes de presentar su propuesta.
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10-Jun-2026 23:12
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New clarification added: Respetuosamente solicitamos se considere otorgar una ampliación de un (1) mes al plazo actualmente establecido para la presentación de propuestas en el marco del proceso RFP/2026/62931.La presente solicitud se fundamenta en la complejidad técnica y documental del alcance requerido, así como en la necesidad de realizar una revisión integral de los Términos de Referencia, consolidar adecuadamente la documentación técnica, legal, financiera y administrativa requerida, coordinar la participación del equipo de expertos clave y preparar una propuesta que responda de manera completa, consistente y alineada con los requerimientos establecidos en la Solicitud de Propuestas.Asimismo, considerando que la propuesta requiere el desarrollo detallado de la metodología, enfoque técnico, plan de trabajo, organización del equipo, formularios técnicos y hojas de vida del personal clave propuesto, estimamos que una ampliación del plazo contribuiría a que los proponentes puedan preparar ofertas de mayor calidad técnica, en beneficio del proceso de selección y de los objetivos perseguidos por UNOPS.Adicionalmente, solicitamos respetuosamente que, una vez publicadas las respuestas a las consultas formuladas por los proponentes, se considere habilitar un período adicional de una (1) semana calendario para la presentación de consultas complementarias, en caso de que dichas respuestas generen la necesidad de aclaraciones adicionales o ajustes sustantivos en la preparación de las propuestas.En virtud de lo anterior, solicitamos amablemente que la fecha límite para la presentación de propuestas sea prorrogada por un período de un (1) mes respecto de la fecha actualmente establecida, y que se considere habilitar el plazo adicional antes indicado para consultas complementarias posteriores a la publicación de respuestas.Agradecemos de antemano la atención brindada a la presente solicitud.Respuesta:La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 2.
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10-Jun-2026 23:10
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New clarification added: Consulta. Plazo de Presentación de PropuestasConsiderando la naturaleza regional del proceso, la posibilidad de participar en uno o varios lotes, la preparación de documentación legal, financiera y técnica, la coordinación del personal clave, la recopilación de constancias de experiencia, la elaboración de formularios técnicos y económicos, así como la eventual conformación de consorcios o asociaciones entre empresas de distintos países, solicitamos respetuosamente a UNOPS considerar una ampliación del plazo de 15 días laborales para la presentación de propuestas. Lo anterior permitiría a los proponentes preparar ofertas más completas, consistentes y competitivas, en beneficio de la calidad técnica del proceso y de los objetivos del Acuerdo a Largo Plazo.Respuesta:La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 2.
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10-Jun-2026 23:09
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New clarification added: Consulta 11. Experiencia de Empresas con Sucursales o FilialesEn relación con la experiencia general y específica del proponente, solicitamos amablemente aclarar si, en el caso de empresas internacionales que cuenten con sucursales, filiales o entidades relacionadas en distintos países, será permitido acreditar experiencia ejecutada por la casa matriz, por otras sucursales o por filiales del mismo grupo empresarial, siempre que se demuestre documentalmente el vínculo legal o corporativo correspondiente. Lo anterior resulta relevante para determinar la forma correcta de presentar la experiencia institucional en el Anexo G y sus respectivos respaldos documentales.Respuesta:Se confirma que una empresa extranjera podrá participar a través de una sucursal legalmente constituida y registrada en un país de Centroamérica, siempre que dicha sucursal cumpla con los requisitos establecidos en la Solicitud de Propuestas.No obstante, la propuesta deberá ser presentada por una única entidad participante. En consecuencia, si la propuesta es presentada por la Casa Matriz, todos los documentos, criterios de evaluación, requisitos de calificación, experiencia, capacidad financiera y demás respaldos deberán corresponder a la Casa Matriz. De igual forma, si la propuesta es presentada por la sucursal, esta deberá acreditar el cumplimiento de todos los requisitos aplicables conforme a lo establecido en el documento de licitación.No será admisible combinar indistintamente documentación, experiencia o criterios de evaluación de la Casa Matriz y de la sucursal para efectos de acreditar el cumplimiento de requisitos.La entidad que participe deberá cumplir integralmente con los criterios formales, de elegibilidad, calificación, técnicos y financieros establecidos para poder optar a la adjudicación de un Acuerdo a Largo Plazo (LTA).Por tanto, la experiencia reportada en el Anexo G deberá estar respaldada mediante la documentación establecida en la Solicitud de Propuestas y deberá identificar claramente a la empresa que presentó la propuesta como ejecutora de dichos servicios.
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10-Jun-2026 23:08
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New clarification added: Consulta 10. Asociaciones con Empresas No Incluidas en el LTA para Licitaciones SecundariasSolicitamos amablemente aclarar si, una vez adjudicado un Acuerdo a Largo Plazo (LTA), una empresa o asociación adjudicada podrá, para una licitación secundaria específica, conformar una nueva asociación, consorcio o joint venture con una empresa que no forme parte del LTA adjudicado, o si la participación y eventual ejecución de los contratos derivados de las licitaciones secundarias deberá realizarse únicamente por la empresa o asociación originalmente adjudicada en el LTA.Respuesta:Se aclara que las Licitaciones Secundarias serán dirigidas exclusivamente a los titulares del Acuerdo a Largo Plazo (LTA) adjudicado.En consecuencia, la participación en una Licitación Secundaria y la eventual ejecución de las Órdenes de Servicio derivadas de esta deberá realizarse por el Consultor o Consorcio que haya resultado adjudicatario del LTA correspondiente.No se permitirá la conformación de nuevas empresas conjuntas, consorcios o asociaciones con entidades que no formen parte del LTA adjudicado, ni la incorporación de nuevos integrantes que no hayan sido evaluados durante el presente proceso de selección.
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10-Jun-2026 23:07
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New clarification added: Consulta 9. Asociación entre Casa Matriz y Sucursal o Filial Constituida en CentroaméricaSolicitamos amablemente aclarar si la casa matriz de una empresa internacional puede conformar una asociación, consorcio o joint venture con alguna de sus sucursales, filiales o entidades legalmente constituidas en Centroamérica para participar en el presente proceso, siempre que la entidad constituida en Centroamérica actúe como líder de la propuesta, de conformidad con los requisitos establecidos en la convocatoria.Respuesta:Se aclara que una sucursal y su Casa Matriz forman parte de una misma entidad jurídica, por lo que no podrán conformar entre sí una empresa conjunta, consorcio o asociación de empresas para efectos del presente proceso.Por otra parte, una filial o subsidiaria legalmente constituida, que cuente con personalidad jurídica propia e independiente de la Casa Matriz, podrá conformar una empresa conjunta, consorcio o asociación de empresas con esta última, siempre que ambas entidades cumplan con los requisitos establecidos en la Solicitud de Propuestas y las disposiciones aplicables a empresas conjuntas, consorcios o asociaciones de empresas.En estos casos, la evaluación se realizará conforme a los requisitos establecidos para empresas conjuntas, consorcios o asociaciones de empresas establecidas en la Solicitud de Propuestas, incluyendo los requisitos de participación, designación del Socio Principal y demás criterios aplicables.
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10-Jun-2026 23:06
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New clarification added: Consulta 8. Documentación Legal y Financiera de Empresas con Sucursales o FilialesSolicitamos amablemente aclarar si, en el caso de una empresa internacional que participe a través de una sucursal, filial o entidad legalmente constituida en Centroamérica y que actúe como proponente principal o entidad líder, los requisitos legales, financieros y de capacidad corporativa deberán ser acreditados exclusivamente por dicha entidad líder, o si estos podrán ser demostrados de manera conjunta mediante documentación de la casa matriz y/o de otras sucursales o filiales pertenecientes al mismo grupo empresarial, siempre que se acredite debidamente la relación corporativa entre las entidades involucradas.Respuesta:Se confirma que una empresa extranjera podrá participar a través de una sucursal legalmente constituida y registrada en un país de Centroamérica, siempre que dicha sucursal cumpla con los requisitos establecidos en la Solicitud de Propuestas.No obstante, la propuesta deberá ser presentada por una única entidad participante. En consecuencia, si la propuesta es presentada por la Casa Matriz, todos los documentos, criterios de evaluación, requisitos de calificación, experiencia, capacidad financiera y demás respaldos deberán corresponder a la Casa Matriz. De igual forma, si la propuesta es presentada por la sucursal, esta deberá acreditar el cumplimiento de todos los requisitos aplicables conforme a lo establecido en el documento de licitación.No será admisible combinar indistintamente documentación, experiencia o criterios de evaluación de la Casa Matriz y de la sucursal para efectos de acreditar el cumplimiento de requisitos.La entidad que participe deberá cumplir integralmente con los criterios formales, de elegibilidad, calificación, técnicos y financieros establecidos para poder optar a la adjudicación de un Acuerdo a Largo Plazo (LTA).
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10-Jun-2026 23:05
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New clarification added: Consulta 7. General / Participación de Empresa Internacional con Sucursales en CentroaméricaAsimismo, solicitamos confirmar si una de esas sucursales, filiales o entidades constituidas en Centroamérica puede asumir el rol de entidad líder o proponente principal para efectos de la presentación de la propuesta, cumplimiento de los requisitos legales, representación ante UNOPS y eventual suscripción del Acuerdo a Largo Plazo, siempre que se acredite debidamente su vínculo con la casa matriz.Respuesta:Se confirma que una empresa extranjera podrá participar a través de una sucursal legalmente constituida y registrada en un país de Centroamérica, siempre que dicha sucursal cumpla con los requisitos establecidos en la Solicitud de Propuestas.No obstante, la propuesta deberá ser presentada por una única entidad participante. En consecuencia, si la propuesta es presentada por la Casa Matriz, todos los documentos, criterios de evaluación, requisitos de calificación, experiencia, capacidad financiera y demás respaldos deberán corresponder a la Casa Matriz. De igual forma, si la propuesta es presentada por la sucursal, esta deberá acreditar el cumplimiento de todos los requisitos aplicables conforme a lo establecido en el documento de licitación.No será admisible combinar indistintamente documentación, experiencia o criterios de evaluación de la Casa Matriz y de la sucursal para efectos de acreditar el cumplimiento de requisitos.La entidad que participe deberá cumplir integralmente con los criterios formales, de elegibilidad, calificación, técnicos y financieros establecidos para poder optar a la adjudicación de un Acuerdo a Largo Plazo (LTA).
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10-Jun-2026 23:03
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New clarification added: Consulta 6. General / Participación de Empresa Internacional con Sucursales en CentroaméricaSolicitamos amablemente aclarar si una empresa extranjera, cuya casa matriz se encuentra constituida fuera de Centroamérica, pero que cuenta con sucursales, filiales o entidades legalmente constituidas en uno o varios países de Centroamérica, puede participar en el presente proceso a través de una de dichas sucursales o filiales.Respuesta: Se confirma que una empresa extranjera podrá participar a través de una sucursal legalmente constituida y registrada en un país de Centroamérica, siempre que dicha sucursal cumpla con los requisitos establecidos en la Solicitud de Propuestas.No obstante, la propuesta deberá ser presentada por una única entidad participante. En consecuencia, si la propuesta es presentada por la Casa Matriz, todos los documentos, criterios de evaluación, requisitos de calificación, experiencia, capacidad financiera y demás respaldos deberán corresponder a la Casa Matriz. De igual forma, si la propuesta es presentada por la sucursal, esta deberá acreditar el cumplimiento de todos los requisitos aplicables conforme a lo establecido en el documento de licitación.No será admisible combinar indistintamente documentación, experiencia o criterios de evaluación de la Casa Matriz y de la sucursal para efectos de acreditar el cumplimiento de requisitos.La entidad que participe deberá cumplir integralmente con los criterios formales, de elegibilidad, calificación, técnicos y financieros establecidos para poder optar a la adjudicación de un Acuerdo a Largo Plazo (LTA).
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10-Jun-2026 23:02
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New clarification added: Consulta 5. PrecioEn caso de que se requiera una tarifa regional única, ¿cómo evaluará UNOPS la competitividad de las ofertas económicas si una firma diseña su matriz de costos indexada al país con mayores cargas fiscales y operativos para mitigar riesgos financieros?Respuesta:UNOPS evaluará la razonabilidad de las tarifas de manera integral, utilizando referencias de mercado y antecedentes de contratación disponibles para este tipo de servicios. La definición de la estructura de costos y la gestión de los riesgos asociados corresponderán exclusivamente a cada proponente.
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10-Jun-2026 23:01
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New clarification added: Consulta 4. PrecioConsiderando las asimetrías significativas en materia de legislación laboral, cargas sociales, salarios mínimos profesionales y costos de operación entre los países de la región (por ejemplo, Costa Rica frente a Nicaragua o Honduras), ¿los formularios económicos permitirán cotizar tarifas diferenciadas por país, o UNOPS exigirá una tarifa plana única regional para cada perfil del personal clave?Respuesta: Se aclara que, los proponentes deberán presentar las tarifas conforme al formato establecido en el Anexo C: Formulario de Propuesta de Precios.El formulario no contempla la presentación de tarifas diferenciadas por país, por lo que deberá presentarse una única tarifa por perfil y por lote, según corresponda.
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10-Jun-2026 22:57
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New clarification added: Consulta 3. Condiciones ContractualesEl pliego establece que el mecanismo de revisión de tarifas anual estará indexado al Índice de Precios al Consumidor (IPC) local. Dado que este es un LTA de alcance regional (Centroamérica), solicitamos aclarar si el IPC aplicable para el ajuste de una Orden de Servicio específica será el del país donde se ejecuta físicamente el proyecto, o si se utilizará un indicador ponderado regional.Respuesta: Se aclara que, conforme a lo establecido en el Modelo de Acuerdo, para el análisis de una eventual solicitud de ajuste de tarifas podrán considerarse índices oficiales aplicables en el país de ejecución de los servicios, incluyendo el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central correspondiente, así como otros indicadores oficiales que reflejen variaciones en los costos de los servicios, cuando resulte aplicable.
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10-Jun-2026 22:55
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New clarification added: Consulta 1. Solicitud de Aclaraciones al PliegoGeneral- En caso de que un proponente resulte adjudicatario del LTA tanto para el Lote 1 (Supervisión) como para el Lote 2 (Diseño), ¿cuál será el criterio de UNOPS para invitar al proveedor a las cotizaciones licitaciones secundarias para un proyecto específico? ¿Se le permitirá al proveedor elegir a qué lote postularse para dicho proyecto, o UNOPS priorizará la asignación de un lote sobre el otro de forma unilateral?Respuesta:La participación de los titulares de Acuerdos a Largo Plazo (LTA) en Licitaciones Secundarias se regirá por lo establecido en el numeral 6 de la Sección VII: Gestión Contractual y sus respectivas enmiendas.En cada requerimiento específico, el Contratante evaluará la naturaleza de los servicios solicitados, la combinación de lotes aplicable y la existencia de conflictos de interés reales o potenciales, con el fin de salvaguardar la independencia técnica, la objetividad, el control de calidad y la transparencia del proceso.En consecuencia, la determinación de los consultores que serán invitados a participar en una Licitación Secundaria se realizará conforme a las disposiciones establecidas en la Sección VII: Gestión Contractual para cada caso particular.
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10-Jun-2026 22:54
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New clarification added: 8. Sobre los controles frente a tarifas no razonablesReferencia: Sección II (Método y Criterios de Evaluación), Parte 4 (Criterios Financieros por Lote).Consulta: El documento indica que se evaluará la "razonabilidad de las tarifas". Con el fin de salvaguardar la competencia leal, ¿qué mecanismos objetivos de control utilizará UNOPS para identificar y rechazar aquellas empresas que presenten precios financieramente inviables o artificialmente bajos (fuera de la realidad del mercado) con el único objetivo de mejorar su puntaje en la fórmula de evaluación económica del LTA?Respuesta:Se aclara que el Contratante podrá considerar la razonabilidad de las tarifas propuestas, verificando que estas sean consistentes con las condiciones del mercado y la naturaleza de los servicios requeridos.Asimismo, UNOPS cuenta con antecedentes contractuales, referencias históricas de contratación y conocimiento del mercado para realizar análisis de razonabilidad de tarifas para este tipo de servicios, lo que le permite identificar valores que se aparten significativamente de las condiciones normales de mercado o que puedan comprometer la adecuada ejecución de los servicios requeridos."
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10-Jun-2026 22:53
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New clarification added: 5. Sobre la inclusión de Gastos Reembolsables e Indirectos en la OfertaReferencia: Sección VI (Anexos de Propuesta), Anexo C (Formulario de propuesta de precios) y Sección VII (Gestión Contractual), numeral 8.2.Consulta: En el Anexo C provisto para esta fase del LTA no identificamos un apartado o formato para incluir los Gastos Reembolsables u otros costos logísticos/operativos. Solicitamos confirmar si las tarifas diarias presentadas en el Anexo C deben ser estrictamente honorarios profesionales puros, y ratificar que los gastos reembolsables y costos indirectos operativos serán cotizados de forma independiente en cada Licitación Secundaria, según el contexto geográfico de cada solicitud.Respuesta:Se confirma que, en la presente etapa del proceso, únicamente deberán cotizarse las tarifas correspondientes al personal requerido para cada lote, las cuales corresponden exclusivamente a honorarios profesionales (incluido lo necesario para cumplir con legislaciones nacionales y prestaciones correspondientes).Los gastos reembolsables y cualquier otro costo asociado a la ejecución específica de los servicios no deberán ser incluidos en esta propuesta, ya que serán definidos y considerados posteriormente en el marco de una Solicitud de Cotización emitida durante una eventual Licitación Secundaria (Call-Off), según surja una necesidad específica de servicios.Se recomienda revisar el Numeral 11 de la Sección VII: Gestión Contractual, donde se detallan las disposiciones aplicables a este respecto.
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10-Jun-2026 22:52
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New clarification added: 3. Sobre la acreditación de experiencia específica para el Lote 3Referencia: Sección II (Criterios de Calificación), Criterio 5 (Experiencia General) y Anexo G.Consulta: En el desarrollo habitual de consultorías integrales de Diseño o Supervisión, la empresa consultora ejecuta directamente los estudios técnicos complementarios (topográficos, geotécnicos, hidrológicos, control de calidad, etc.) como parte integral de los alcances, aunque el objeto principal del contrato sea el diseño o la supervisión. Para aplicar al Lote 3, ¿se considerarán como válidos aquellos proyectos de Diseño (Lote 2) o Supervisión (Lote 1) donde se hayan ejecutado estos estudios, aun cuando el certificación de finalización, acta de recepción o finiquito no los mencione de manera explícita e independiente en el título del contrato?Respuesta:R/. Se aclara que podrán ser consideradas como experiencia específica para el Lote 3 aquellas experiencias de diseño, supervisión u otros servicios de consultoría en las que el proponente haya ejecutado estudios técnicos, ensayos de laboratorio y/o actividades de control de calidad contempladas en el criterio de evaluación correspondiente.Para tales efectos, el proponente deberá aportar documentación que permita verificar de manera objetiva la participación en dichos servicios, tales como contrato, orden de compra o algún documento que complemente el certificado de finalización, acta de recepción o finiquito de los servicios realizados u otros documentos emitidos por el Contratante que complementen los certificados de finalización, actas de recepción o finiquitos presentados.No obstante, se aclara que el criterio para cumplir con experiencia específica para Lote 3 no incluye solamente experiencia de estudios técnicos, sino que debe cumplir con el inciso 1 del criterio en mención respecto a las pruebas o ensayos solicitados.La sola presentación de contratos de diseño o supervisión, sin evidencia documental que permita identificar la ejecución de los estudios técnicos, ensayos de laboratorio o actividades de control de calidad requeridas, no será suficiente para acreditar el cumplimiento del criterio.
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10-Jun-2026 22:50
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New clarification added: 2. Sobre la fijación de tarifas para personal no previsto inicialmente en el LTAReferencia: Sección VII (Gestión Contractual), numeral 11.1 (b) y 11.3.Consulta: Las bases indican que en las Licitaciones Secundarias se podría requerir un perfil o nivel distinto al evaluado en el LTA. En el caso de requerirse un Personal Clave o de Apoyo que no se encuentre originalmente listado en el Anexo C (Propuesta Económica del LTA), ¿podrían confirmar si en dicha Licitación Secundaria el oferente tendrá la libertad de proponer tarifas de mercado para estos nuevos perfiles, o si existirá algún mecanismo preestablecido para fijar el tope de dichos precios?Respuesta:La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 a la Sección VII: Gestión Contractual
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10-Jun-2026 22:48
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New clarification added: 1. Sobre la Puntuación del Personal Clave por NivelesReferencia: Anexo 2.1 (Métodos y Criterios de Evaluación - Personal Clave).Consulta: Observamos que para varios perfiles (ej. Ingeniero Estructural), un profesional de Nivel 1 acreditando 4 contratos obtiene 6 puntos, superando a un profesional de Nivel 2 con 5 contratos (que obtiene 3 puntos) e igualando el puntaje máximo de un Nivel 3. Solicitamos confirmar si esta matriz contiene un error tipográfico en la asignación de puntajes. De ser un error, agradeceremos se publique la matriz corregida indicando cómo se evaluarán de forma lógica los distintos niveles. De ser intencional la redacción actual, solicitamos aclarar cuál es el propósito técnico de esta métrica y por qué se penaliza con un menor puntaje a los profesionales que demuestran una mayor experiencia acreditada.Respuesta:La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 al Anexo a Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación - Personal Clave RFP/2026/62931
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10-Jun-2026 22:47
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New clarification added: En cuanto a la experiencia, se indica que se deben presentar una cantidad de experiencias o una cantidad en especifico de años de experiencia, ambas son excluyentes, por lo que me gustaria saber si en caso de elegir los años de experiecnia tiene que ser igual en supervisiín de obras verticales o pueden ser tanto de viales, como de verticales.Respuestas:Se aclara que lo indicado en criterios de evaluación de personal clave indica explicitamente el "Área de experiencia requerida" para cada uno de ellos.El criterio de cantidad de experiencias o cantidad de años no modifica el criterio de "Área de experiencia requerida". Por lo tanto, si las experiencias solicitadas corresponden a obras verticales, ya sea por cantidad de experiencias o años de experiencia, siempre deberán cumplir con obras verticales.
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10-Jun-2026 22:46
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New clarification added: En que lugar puedo elegir para que paises quiero ofertar en la licitación secundaria?Respuesta:Se aclara que la selección de los países de interés para participar en la presente Solicitud de Propuesta deberá realizarse en el Anexo B: Formulario de Presentación de Propuesta, literal c), mediante la marcación de los países correspondientes para cada lote en el que participe el proponente.Esta selección tiene carácter indicativo y permitirá al Contratante identificar la disponibilidad geográfica del proponente para participar en futuras Licitaciones Secundarias en el marco del Acuerdo a Largo Plazo (LTA).
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10-Jun-2026 22:45
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New clarification added: Aclarar la experiencia de los profesionales con respecto a los niveles (1,2 y 3) solicitados en el cartel, ya que por ejemplo: En el nivel 1 se indica que el debe tener 3 a 4 experiencias o de 5 – 10 años por lo que no queda claro si es que debe cumplir con 3 o 4 contratos realizados de obras superiores a 500 m2 o $500 000 de inversión; o que se aceptan que tenga experiencia profesional de 5 a 10 años en cualquier obra.Respuesta:Se aclara que efectivamente el personal clave propuesto puede optar por cumplir cualquiera de los dos criterios mencionados, ya sea por cantidad de experiencias / contratos cumpliendo el monto de inversión o superficie (m²) mínimos o bien cumpliendo con la cantidad de años de experiencia sin restricción de monto y/o superficie del proyecto. Se aclara que los años de experiencia corresponden a la suma efectiva de tiempo de trabajo del personal clave en las experiencias que correspondan.
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10-Jun-2026 22:39
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New clarification added: Asunto: Solicitud de ampliación de plazo para la presentación de ofertas - RFP/2026/62931 (Servicios de Obras Verticales LTA)Estimado equipo de adquisiciones de UNOPS,Reciban un cordial saludo. Por medio de la presente, confirmamos nuestro gran interés en participar en el llamado a la presentación de propuestas de la referencia, con el objetivo de aportar nuestra experiencia regional a los proyectos de UNOPS.Tras realizar un análisis exhaustivo de las bases de licitación, los alcances regionales solicitados y el volumen de requisitos documentales, solicitamos amablemente a UNOPS considere otorgar una prórroga de tres (3) semanas adicionales al plazo de presentación de propuestas actualmente establecido.Fundamentamos esta solicitud en los siguientes aspectos críticos, con el único fin de garantizar la presentación de una propuesta de la más alta calidad y competitividad:Integración de Aclaraciones y Enmiendas: Hemos presentado consultas sustanciales a través del sistema eSourcing respecto a los métodos de evaluación del Personal Clave (Anexo 2.1) y condiciones operativas del LTA. Contar con un tiempo prudencial tras la publicación de las respuestas oficiales de UNOPS es indispensable para incorporar correctamente estas directrices en nuestra estrategia técnica y económica.Recopilación rigurosa de documentación del Personal Clave: La exigencia de conformar equipos multidisciplinarios de alto nivel para los distintos lotes, sumada a la necesidad de obtener cartas de compromiso, certificaciones, actas de recepción y atestados completos (Anexo I y Anexo J) que acrediten los distintos niveles de experiencia (N1, N2, N3) de cada especialista, demanda un esfuerzo logístico considerable.Consideramos que esta extensión permitirá a todos los oferentes interesados estructurar propuestas sólidas, integrales y que ofrezcan la mejor relación calidad-precio para las necesidades de UNOPS en la región.Agradeciendo de antemano su comprensión y favorable acogida a esta solicitud, quedamos atentos a su respuesta.Respuesta: La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 2.
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10-Jun-2026 22:37
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New clarification added: Buenos días, tengo una consulta. Estoy llenando el formulario inicial y luego de haberlo completao y de haber presionado el botón GUARDAR, y de que se haya confirmado que los datos han sido guardados, entré a la pestaña de los formularios del proveedor para revisar lo que se pide allí, y un rato después volví a ingresar al formulario inicial pero veo que no todos los datos fueron guardados realmente. Me llama la atención que además, a la par de donde llené el formulario inicial con los datos de la empresa, sigue apareciendo en color rojo el número como si no hubiera respondido nada o como si faltara llenar algo, pero yo lo he llenado todo, y en el video tutorial que han puesto a disposición para orientarnos a subir la información, menciona que al terminar el proceso aparecerá en color amarillo o verde (no recuerdo) dicho número. Por favor les agradeceré me indiquen por qué sucede que el color se mantiene en rojo luego de tener la confirmación de que la infomación ha sido guardada.Respuesta:Si su consulta se refiere a la pestaña "Cuestionario", se aclara que, una vez completada la información, deberá seleccionar el botón "Guardar" ubicado en la parte inferior de la pantalla. Posteriormente, el sistema volverá a mostrar el botón "Guardar", por lo que deberá seleccionarlo nuevamente para asegurar que la información quede correctamente registrada.
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10-Jun-2026 22:36
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New clarification added: Debido al importancia y magnitud de este proyecto y con el objetivo de contar con mayor tiempo para preparar la información y documentación que sea acorde a los términos de referencia, respetuosamente solicitamos que se extienda el plazo de presentación de las propuestas, en 10 días hábiles, es decir, para el 26 de junio de 2026, ¿acepta nuestra solicitud? Respuesta:La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 2.
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10-Jun-2026 22:34
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New clarification added: 5. Sobre la inclusión de Gastos Reembolsables e Indirectos en la OfertaReferencia: Sección VI (Anexos de Propuesta), Anexo C (Formulario de propuesta de precios) y Sección VII (Gestión Contractual), numeral 8.2.Consulta: En el Anexo C provisto para esta fase del LTA no identificamos un apartado o formato para incluir los Gastos Reembolsables u otros costos logísticos/operativos. Solicitamos confirmar si las tarifas diarias presentadas en el Anexo C deben ser estrictamente honorarios profesionales puros, y ratificar que los gastos reembolsables y costos indirectos operativos serán cotizados de forma independiente en cada Licitación Secundaria, según el contexto geográfico de cada solicitud.6. Sobre los efectos prácticos del Orden de Prelación del LTAReferencia: Sección VII (Gestión Contractual), numeral 1.10 y numeral 15.Consulta: Las bases indican que los consultores serán clasificados conforme a un "orden de prelación". ¿Podrían aclarar de manera práctica qué ventajas, prioridades o derechos específicos otorga este orden de prelación a la empresa que obtenga el primer lugar (L1) frente al resto de los adjudicatarios, especialmente en los procesos de adjudicación directa o Licitaciones Secundarias menores a $250,000 USD?7. Sobre la multiplicidad de roles para un mismo profesionalReferencia: Sección VII (Gestión Contractual), numeral 11.7 (Disposiciones adicionales sobre el personal).Consulta: El numeral 11.7 indica que se podrá permitir la designación de un mismo profesional para más de una disciplina técnica en las licitaciones secundarias. Para efectos de la presentación de la propuesta técnica actual (fase LTA) en el Anexo D.2, ¿es permitido utilizar y evaluar a un mismo profesional para dos cargos distintos dentro de un mismo lote (ej. postular a la misma persona como Ingeniero Hidrosanitario e Ingeniero contra Incendios), siempre que cumpla con los requisitos mínimos de ambas disciplinas?8. Sobre los controles frente a tarifas no razonablesReferencia: Sección II (Método y Criterios de Evaluación), Parte 4 (Criterios Financieros por Lote).Consulta: El documento indica que se evaluará la "razonabilidad de las tarifas". Con el fin de salvaguardar la competencia leal, ¿qué mecanismos objetivos de control utilizará UNOPS para identificar y rechazar aquellas empresas que presenten precios financieramente inviables o artificialmente bajos (fuera de la realidad del mercado) con el único objetivo de mejorar su puntaje en la fórmula de evaluación económica del LTA?Respuestas:5) Se confirma que, en la presente etapa del proceso, únicamente deberán cotizarse las tarifas correspondientes al personal requerido para cada lote, las cuales corresponden exclusivamente a honorarios profesionales (incluido lo necesario para cumplir con legislaciones nacionales y prestaciones correspondientes).Los gastos reembolsables y cualquier otro costo asociado a la ejecución específica de los servicios no deberán ser incluidos en esta propuesta, ya que serán definidos y considerados posteriormente en el marco de una Solicitud de Cotización emitida durante una eventual Licitación Secundaria (Call-Off), según surja una necesidad específica de servicios.Se recomienda revisar el Numeral 11 de la Sección VII: Gestión Contractual, donde se detallan las disposiciones aplicables a este respecto.6) El orden de prelación constituye un mecanismo de referencia para la administración de los Acuerdos a Largo Plazo (LTA) y se establecerá con base en el resultado de la evaluación combinada técnico-financiera del presente proceso.En el marco de una Licitación Secundaria por montos inferiores a lo indicado en la Sección VII: Gestión Contractual, Numeral 15 de la Sección VII: Gestión Contractual, el Contratante se reserva el derecho de determinar, si procede con una Contratación Directa (CD) o una Licitación Secundaria competitiva.Para mayor detalle sobre los efectos prácticos del orden de prelación, así como sobre los criterios que podrán ser considerados para la selección de un titular de LTA en el marco de una Contratación Directa, se recomienda revisar la Enmienda No. 3, mediante la cual se amplía el numeral 15 de la Sección VII: Gestión Contractual relativo a los umbrales y mecanismos aplicables para la contratación de servicios bajo los LTAs.Por otra parte, cuando corresponda la realización de una Licitación Secundaria competitiva, de conformidad con el numeral 7.1 de la Sección VII: Gestión Contractual, las propuestas serán evaluadas bajo la metodología de “sustancialmente conforme, precio más bajo”. En consecuencia, la adjudicación de la Orden de Servicio recaerá en la propuesta sustancialmente conforme que presente el precio evaluado más bajo y cumpla con todos los requisitos y criterios establecidos para el requerimiento específico.7) La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 a la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación.8) Se aclara que el Contratante podrá considerar la razonabilidad de las tarifas propuestas, verificando que estas sean consistentes con las condiciones del mercado y la naturaleza de los servicios requeridos.Asimismo, UNOPS cuenta con antecedentes contractuales, referencias históricas de contratación y conocimiento del mercado para realizar análisis de razonabilidad de tarifas para este tipo de servicios, lo que le permite identificar valores que se aparten significativamente de las condiciones normales de mercado o que puedan comprometer la adecuada ejecución de los servicios requeridos.
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10-Jun-2026 22:28
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New clarification added: Solicitud de Aclaraciones - RFP/2026/62931 (Servicios de Obras Verticales LTA)Estimado equipo de adquisiciones de UNOPS:Tras la revisión exhaustiva de los documentos de la licitación, remitimos las siguientes consultas y solicitudes de aclaración, fundamentales para la correcta formulación de nuestra propuesta:1. Sobre la Puntuación del Personal Clave por NivelesReferencia: Anexo 2.1 (Métodos y Criterios de Evaluación - Personal Clave).Consulta: Observamos que para varios perfiles (ej. Ingeniero Estructural), un profesional de Nivel 1 acreditando 4 contratos obtiene 6 puntos, superando a un profesional de Nivel 2 con 5 contratos (que obtiene 3 puntos) e igualando el puntaje máximo de un Nivel 3. Solicitamos confirmar si esta matriz contiene un error tipográfico en la asignación de puntajes. De ser un error, agradeceremos se publique la matriz corregida indicando cómo se evaluarán de forma lógica los distintos niveles. De ser intencional la redacción actual, solicitamos aclarar cuál es el propósito técnico de esta métrica y por qué se penaliza con un menor puntaje a los profesionales que demuestran una mayor experiencia acreditada.2. Sobre la fijación de tarifas para personal no previsto inicialmente en el LTAReferencia: Sección VII (Gestión Contractual), numeral 11.1 (b) y 11.3.Consulta: Las bases indican que en las Licitaciones Secundarias se podría requerir un perfil o nivel distinto al evaluado en el LTA. En el caso de requerirse un Personal Clave o de Apoyo que no se encuentre originalmente listado en el Anexo C (Propuesta Económica del LTA), ¿podrían confirmar si en dicha Licitación Secundaria el oferente tendrá la libertad de proponer tarifas de mercado para estos nuevos perfiles, o si existirá algún mecanismo preestablecido para fijar el tope de dichos precios?3. Sobre la acreditación de experiencia específica para el Lote 3Referencia: Sección II (Criterios de Calificación), Criterio 5 (Experiencia General) y Anexo G.Consulta: En el desarrollo habitual de consultorías integrales de Diseño o Supervisión, la empresa consultora ejecuta directamente los estudios técnicos complementarios (topográficos, geotécnicos, hidrológicos, control de calidad, etc.) como parte integral de los alcances, aunque el objeto principal del contrato sea el diseño o la supervisión. Para aplicar al Lote 3, ¿se considerarán como válidos aquellos proyectos de Diseño (Lote 2) o Supervisión (Lote 1) donde se hayan ejecutado estos estudios, aun cuando el certificación de finalización, acta de recepción o finiquito no los mencione de manera explícita e independiente en el título del contrato?4. Sobre la concurrencia y delimitación de responsabilidades entre distintos LotesReferencia: Sección VII (Gestión Contractual), numeral 6.1 (Conflicto de Interés entre Lotes).Consulta: Entendemos que en una Licitación Secundaria es plausible que el Lote 1 (Supervisión) y el Lote 3 (Estudios/Control de Calidad) se adjudiquen a distintas empresas. En este escenario, la empresa supervisora (Lote 1) estará supeditada y basará sus dictámenes en los estudios geotécnicos, hidrológicos, de laboratorio y todos los demás requeridos, realizados por una tercera empresa (Lote 3). ¿Cómo manejará UNOPS la delimitación de responsabilidades contractuales y civiles en caso de que un error, omisión o retraso en los resultados del Lote 3 impacte negativamente en la ejecución, calidad o plazos de la supervisión o el diseño que se esté realizando?Respuesta:1) La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 al Anexo a Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación - Personal Clave RFP/2026/62931En atención a las observaciones recibidas, se realizaron ajustes a los puntajes contenidos en el documento "2.1 Anexo a Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación - Personal Clave RFP/2026/62931", con el fin de asegurar la consistencia de la metodología de evaluación y la adecuada diferenciación entre los distintos niveles de experiencia profesional.Se recomienda revisar la Enmienda No. 3 y la versión actualizada del documento correspondiente.2) La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 a la Sección VII: Gestión Contractual.3) Se aclara que podrán ser consideradas como experiencia específica para el Lote 3 aquellas experiencias de diseño, supervisión u otros servicios de consultoría en las que el proponente haya ejecutado estudios técnicos, ensayos de laboratorio y/o actividades de control de calidad contempladas en el criterio de evaluación correspondiente.Para tales efectos, el proponente deberá aportar documentación que permita verificar de manera objetiva la participación en dichos servicios, tales como contrato, orden de compra o algún documento que complemente el certificado de finalización, acta de recepción o finiquito de los servicios realizados u otros documentos emitidos por el Contratante que complementen los certificados de finalización, actas de recepción o finiquitos presentados.No obstante, se aclara que el criterio para cumplir con experiencia específica para Lote 3 no incluye solamente experiencia de estudios técnicos, sino que debe cumplir con el inciso 1 del criterio en mención respecto a las pruebas o ensayos solicitados.La sola presentación de contratos de diseño o supervisión, sin evidencia documental que permita identificar la ejecución de los estudios técnicos, ensayos de laboratorio o actividades de control de calidad requeridas, no será suficiente para acreditar el cumplimiento del criterio.4) La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 a la Sección IV: Lista de Detalles, Anexo 2: Información Específica del Proyecto.
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10-Jun-2026 22:23
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New clarification added: 1. Sobre la constitución del Socio Principal y los respaldos financieros (Casa Matriz)Referencia documental: "Sección II: Método y Criterios de Evaluación", apartado "1. Criterios Formales y de Elegibilidad", inciso sobre Participación como empresa conjunta, consorcio o asociación de empresas (el cual exige que el socio principal sea una empresa constituida en Centroamérica); y apartado "2. Criterios de Calificación", sub-criterios 1. Capacidad financiera - Liquidez y 2. Capacidad financiera - Activos Líquidos.Consulta: Se solicita aclarar si una empresa de origen extranjero (por ejemplo, europea) puede participar desempeñando el rol de Socio Principal (Líder) a través de una sucursal debidamente registrada, domiciliada y con operaciones en un país de Centroamérica. En caso de ser afirmativa esta posibilidad, solicitamos confirmar si es aceptable presentar los Estados Financieros Auditados y las Constancias/Cartas Bancarias, certificados de finalización de proyectos, a nombre de la Casa Matriz para acreditar la Capacidad Financiera (Liquidez, Activos Líquidos y Volumen de Negocios) y técnica de dicha sucursal, considerando que, legal y financieramente, la sucursal y la matriz conforman la misma entidad jurídica.2. Sobre la región exigida para la Experiencia EspecíficaReferencia documental: "Sección II: Método y Criterios de Evaluación", apartado "3. Criterios Técnicos", numeral 1.2 Experiencia Específica para el Lote 1, Lote 2 y Lote 3. En estos apartados se estipula de forma textual que el proponente debe demostrar "experiencia en la región Centroamericana en la ejecución de al menos 5 contratos (lote 1 y 2)..." durante los últimos 10 años.Consulta: Comprendiendo que la exigencia actual limita la experiencia a la región Centroamericana, y considerando la vasta trayectoria técnica que poseen firmas internacionales en proyectos de alta complejidad correspondientes a los sectores solicitados (Salud, Educación, Seguridad y Vivienda), solicitamos muy amablemente a la Entidad evaluar la posibilidad de ampliar la región de validez de la Experiencia Específica a nivel global o internacional. ¿Podría la Entidad aceptar, para la asignación de puntaje técnico, la experiencia acreditada por el proponente en la ejecución de los tipos de obra solicitados fuera de la región Centroamericana?3. Solicitamos muy amablemente a la Entidad evaluar la posibilidad de conceder una prórroga de sugerencia: dos (2) a tres (3) semanas] adicionales a la fecha límite de entrega actual.Respuesta:1) Se confirma que una empresa extranjera podrá participar a través de una sucursal legalmente constituida y registrada en un país de Centroamérica, siempre que dicha sucursal cumpla con los requisitos establecidos en la Solicitud de Propuestas.No obstante, la propuesta deberá ser presentada por una única entidad participante. En consecuencia, si la propuesta es presentada por la Casa Matriz, todos los documentos, criterios de evaluación, requisitos de calificación, experiencia, capacidad financiera y demás respaldos deberán corresponder a la Casa Matriz. De igual forma, si la propuesta es presentada por la sucursal, esta deberá acreditar el cumplimiento de todos los requisitos aplicables conforme a lo establecido en el documento de licitación.No será admisible combinar indistintamente documentación, experiencia o criterios de evaluación de la Casa Matriz y de la sucursal para efectos de acreditar el cumplimiento de requisitos.La entidad que participe deberá cumplir integralmente con los criterios formales, de elegibilidad, calificación, técnicos y financieros establecidos para poder optar a la adjudicación de un Acuerdo a Largo Plazo (LTA).2) Se considera que el requisito de experiencia específica en la región centroamericana es razonable y proporcional al objeto de la contratación, por cuanto permite verificar no solo la experiencia técnica del proponente, sino también su conocimiento operativo del contexto regional en el que se ejecutarán los servicios.En consecuencia, el requisito de experiencia específica en la región centroamericana se mantiene sin modificaciones.3) La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3.
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10-Jun-2026 22:14
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New clarification added: En el Documento denominado 2. RFP_2026_62931_Sección_II_III_IV_V Servicios de Consultoría de Obras Verticales a través de LTA, ANEXO 2: INFORMACIÓN ESPECÍFICA DEL PROYECTO, numeral 5. Requisitos de Personal Lote 1, Lote 2 y Lote 3, en el subnumeral 5.1. Niveles de experiencia profesional, se indica: En el marco de la presente licitación y licitación secundaria, se solicitará al Consultor la designación de diversos profesionales debidamente calificados para la ejecución de los servicios previstos en este LTA, conforme a 3 posibles niveles de experiencia descritos a continuación:● Nivel de experiencia 1: Ver inciso 5.4 Personal Clave Lote 1- Supervisión e Inspección de Obras● Nivel de experiencia 2: Ver inciso 5.5 Personal Lote 2 - Diseño y Formulación de Proyectos.● Nivel de experiencia 3: Ver inciso 5.6 Personal Clave Lote 3 - Servicios de Laboratorio, estudios y/o pruebas de calidad. De lo anterior no queda duda de que el Nivel de experiencia 1 corresponde exclusivamente al personal requerido para el Lote 1- Supervisión e Inspección de Obras, que el nivel de experiencia 2 corresponde al personal requerido para el Lote 2 - Diseño y Formulación de Proyectos, y que el nivel de experiencia 3 corresponde al personal requerido para el Lote 3 - Servicios de Laboratorio, estudios y/o pruebas de calidad. El numeral 5.2. Evaluación del Personal Clave, del mismo documento indica: El personal clave será evaluado conforme a los perfiles, calificaciones mínimas, requisitos de experiencia y puntajes establecidos para cada cargo. Los Proponentes deberán presentar un (1) único perfil profesional y nivel de experiencia por cada cargo sujeto de evaluación, conforme a la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación. La Sección en referencia, 2.1 Anexo a Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación - Personal Clave RFP/2026/62931, presenta para cada uno de los profesionales requeridos para cada Lote, un desglose de experiencia y puntaje a asignar para los denominados Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3. Al revisar el subnumeral 5.4, que entendemos que corresponde exclusivamente al Nivel de experiencia 1 para el Lote 1, vemos que se presenta una tabla donde para cada uno de los profesionales requeridos se proporcionan criterios de evaluación para tres niveles de experiencia: Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3. De igual manera, en el Anexo C: Formulario de propuesta de precios, para el Lote 1: Supervisión de Obras encontramos el requerimiento de colocar el costo de la Tarifa Diaria en los tres niveles para cada profesional, y adicionalmente colocar el promedio de dichas tarifas. Por todo lo anterior, solicitamos aclarar los siguientes puntos:a) Si se indica que para el Nivel de experiencia 1 corresponde avocarse a lo indicado en el inciso 5.4 Personal Clave Lote 1 - Supervisión e Inspección de Obras; y si además, se indica que los proponentes deberemos presentar un único perfil profesional y un único nivel de experiencia por cada cargo sujeto de evaluación, ¿por qué se solicitan costos de tarifas para 3 niveles de experiencia más un promedio de dichos costos en el Anexo C: Formulario de propuesta de precios, por ejemplo para el Lote 1: Supervisión de Obras?b) Aclarar si los parámetros descritos en los denominados Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3 del cuadro encontrados en el Anexo de la Sección II y del cuadro del inciso 5.4, corresponden algo diferente o a los mismos parámetros descritos en el numeral 5.1 Niveles de experiencia profesional.Respuesta:a) R/. Se aclara que esta situación fue aclarada y ajustada mediante la Enmienda No. 3 a la Sección IV: Lista de Detalles, Anexo 2: Información Específica del Proyecto.b) R/. Se aclara que los niveles de experiencia 1, 2 y 3 descritos en el documento "2.1 Anexo a Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación - Personal Clave RFP/2026/62931" corresponden a los mismos niveles de experiencia indicados en el numeral 5.1 "Niveles de experiencia profesional" y desarrollados en los incisos 5.4 Personal Clave Lote 1 - Supervisión e Inspección de Obras, 5.5 Personal Lote 2 - Diseño y Formulación de Proyectos y 5.6 Personal Clave Lote 3 - Servicios de Laboratorio, Estudios y/o Pruebas de Calidad.Para evitar interpretaciones ambiguas, se recomienda revisar la Enmienda No. 3 referida, mediante la cual se realizaron las aclaraciones y ajustes correspondientes.
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10-Jun-2026 22:05
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New clarification added: Respecto al LOTE 2: DISEÑO Y FORMULACIÓN DE PROYECTOS. PARTE 1: CAPACIDAD Y EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, respecto a los Criterios evaluados con una metodología de análisis acumulativo durante la evaluación técnica en el NUMERAL 1.2 Experiencia Específica. Criterios evaluados con una metodología de análisis acumulativo durante la evaluación técnica se expresa El proponente tiene experiencia en la región Centroamericana en la ejecución de al menos cinco (5) contratos de formulación de proyectos y/o diseño de obras verticales durante los diez (10) años previos a la apertura de la propuesta. Cada experiencia deberá ser mayor a 1,000.00 m² de área techada o edificación (sin incluir áreas externas como parqueos, muros, jardinería, urbanización u obras similares) o la sumatoria de dichas experiencias deberá ser mayor a 5,000.00 m². Se solicita reconsiderar la redacción de esta condición pues no parece relevante el número de experiencias y en cambio sí lo es el volumen (superficie construida y presupuesto de las mismas). Al establecer como requisito mínimo un número de experiencias y calificar en base al número de experiencias por encima del número mínimo se va a dar la circunstancia de que empresas con 5 experiencias de 1.000 m2, es decir, únicamente 5.000 m2 sean elegibles mientras que, concretamente en nuestro caso, que contamos con 4 experiencias que suman más de 150.000 m2 no lo seríamos. Nos parece que tal y como está redactado el criterio de elegibilidad deja fuera a empresas perfectamente capacitadas para colaborar con UNOPS a través de este LTA. Igualmente nos parece que establecer como único criterio de calificación en este punto el número de experiencias y no el volumen de la propia experiencia no permite evaluar adecuadamente la capacidad (experiencia de las empresas). Es por lo anterior que se solicita se revise este criterio de elegibilidad así como el criterio de calificación.Respecto al LOTE 2: DISEÑO Y FORMULACIÓN DE PROYECTOS, respecto a lo indicado en el punto 2. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN de la SECCIÓN II referido a la CAPACIDAD FINANCIERA-LIQUIDEZ Y VOLUMEN DE NEGOCIOS donde se exigen Copia de los Estados Financieros certificados por Contador Público Autorizado de los tres (3) últimos años (2023, 2024 y 2025) se expresa que, de acuerdo a la legislación vigente española las compañías mercantiles tienen de plazo hasta el 30 de junio para aprobar las cuentas (Art. 164 Ley de Sociedades de Capital (LSC)) y hasta el 30 de julio para presentarlas (Art. 279 LSC). Adicionalmente para poder presentar las cuentas es necesario que se publique en el Boletín Oficial del Estado los modelos oficiales que aún no se han publicado. Por esta razón, se solicita que se pueden presentar las cuentas auditadas del 2022, 2023 y 2024 en caso de que no estén disponibles las del 2025.Respuesta:La presente consulta ha sido atendida mediante la Enmienda No. 3 a la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación.
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10-Jun-2026 21:46
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New amendment added #2: Enmienda No. 2: Se amplía el plazo de recepción de propuestas y de aclaraciones.
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08-Jun-2026 22:18
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New clarification added: Estimado equipo de UNOPS, En el marco del proceso de solicitud de propuestas RFP/2026/62931 — Servicios de Supervisión, Diseño y Ensayos de Laboratorio para Control de Calidad de Obras Verticales a través de Acuerdos a Largo Plazo (LTA) en Nicaragua, Honduras, El Salvador, Guatemala y Costa Rica — nos permitimos presentar las siguientes consultas de aclaración: CONSULTA 1 — Elegibilidad de empresas constituidas fuera de la región centroamericanaReferencia: Sección I, Artículo 4 (Elegibilidad del Oferente) y Sección II (Criterios de Calificación) El Artículo 4 de la Sección I establece que el oferente podrá tener la nacionalidad de cualquier país, sin restricción de origen. Sin embargo, los Criterios de Calificación de la Sección II requieren que, en caso de participación como consorcio, el socio principal sea una empresa constituida en Centroamérica. En ese sentido, solicitamos confirmar lo siguiente: a) ¿Puede participar como oferente individual una empresa legalmente constituida fuera de la región centroamericana, siempre que cuente con experiencia específica acreditada en la región y cumpla con la totalidad de los demás requisitos técnicos, financieros y de elegibilidad establecidos en el presente llamado?b) En caso afirmativo, ¿cuáles son las condiciones o documentación adicional que dicha empresa deberá acreditar al momento de presentar su propuesta, considerando que no dispone de sucursal, filial ni representación legal formalmente establecida en ninguno de los países centroamericanos objeto del LTA? CONSULTA 2 — Alcance geográfico del concepto "región centroamericana" para efectos de la experiencia específicaReferencia: Sección II, Criterios de Evaluación Técnica, Parte 1 — Experiencia Específica (Lotes 1, 2 y 3) Los criterios de evaluación técnica requieren que la experiencia específica del proponente haya sido ejecutada en la "región centroamericana". No obstante, el pliego no incluye una definición explícita de los países que comprende dicho concepto a efectos de la evaluación. En consecuencia, solicitamos confirmar si la experiencia acreditada en los siguientes territorios es considerada válida como experiencia en la región centroamericana: - Sint Maarten (territorio de los Países Bajos en el Caribe)- Barbados- Haití O si, por el contrario, el término "región centroamericana" se limita estrictamente a los países del istmo centroamericano (Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Belice y/o Panamá), excluyendo los territorios insulares y países del Caribe mencionados. Agradecemos de antemano la atención prestada a las presentes consultas y quedamos a su disposición para cualquier información adicional que requieran. Respuesta:1) Se confirma que podrán participar empresas legalmente constituidas fuera de la región centroamericana, siempre que cumplan con los criterios formales, de elegibilidad, calificación, técnicos y financieros establecidos en la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación de la Solicitud de Propuestas.2) Se reitera que podrán participar empresas legalmente constituidas fuera de la región centroamericana, siempre que cumplan con todos los requisitos formales, de elegibilidad, calificación, técnicos y financieros establecidos en la Sección II: Métodos y Criterios de Evaluación de la Solicitud de Propuestas. En este sentido, se recomienda a los interesados realizar una autoevaluación previa de cumplimiento respecto de los criterios establecidos en el documento de licitación antes de presentar su propuesta.3) Para efectos del presente proceso, la referencia a la región centroamericana se refiere a los países del istmo centroamericano, es decir: Belice, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá. En consecuencia, la experiencia ejecutada en territorios o países del Caribe, incluyendo Sint Maarten, Barbados y Haití, no será considerada como experiencia en la región centroamericana para la evaluación de este criterio.Esta delimitación responde al alcance geográfico definido para el presente proceso y a la diferenciación regional generalmente aceptada entre Centroamérica y el Caribe.
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08-Jun-2026 19:59
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08-Jun-2026 19:57
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New amendment added #1: Enmienda No. 1: Se publica la Minuta de la Reunión Previa o de Aclaración, celebrada el 28 de mayo de 2026.
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29-May-2026 23:42
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